Pasar por un quirófano no es un plato de buen gusto para nadie. Lo es todavía menos si, al habernos puesto en manos de un profesional por primera vez, sufrimos los resultados de una mala praxis médica. Ninguno de nosotros estamos libres de poder sufrir una negligencia médica, pese a que, afortunadamente, los casos de buen desempeño profesional en el campo de la medicina y la cirugía superan a los episodios en los que los galenos muestran su cara más irresponsable.
De acuerdo con un estudio realizado en su día por la Asociación del Defensor del Paciente, en el 2015 se produjeron en España 806 casos de fallecimientos que estarían, de acuerdo con este ente, directamente relacionados con malas prácticas médicas o negligencias. Fallecimientos aparte, la Asociación del Defensor del Paciente recibió más de 14.400 denuncias en este sentido el año pasado.
El proceso para el afectado
Desde Reclamarnegligenciasmedicas.com, web del abogado Antonio López Alcalde, se apunta que, a la hora de reclamar una negligencia médica, es necesario que el cliente sea partícipe del proceso y que facilite a su abogado el mayor número de datos, fechas y detalles sobre su caso concreto, incluso los que pudieran parecer más nimios y de poca importancia (aparente).
Lo siguiente en el proceso, de acuerdo con este profesional, sería determinar la cantidad a reclamar (una vez escuchado el dictamen del perito médico), establecer los costes del proceso, enviar la valoración del perito al cliente, enviar al cliente la demanda para que la estudie, informar de la contestación de la otra parte, de la audiencia previa o de si hay oferta de la otra parte e informar con tiempo de la fecha del juicio.
De acuerdo con el abogado Antonio López Alcalde, siempre es necesario (más si cabe a la hora de poner una reclamación por negligencias médicas) establecer una comunicación fluída y directa con el cliente.
Cálculo de la reclamación por negligencia médica
A la hora de calcular la cuantía de la reclamación por una negligencia médica, se dan una serie de factores que vienen definidos en la Ley 30/1995 de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Algunos de los factores que inciden en la reclamación (en su cuantía) son la edad del reclamante, la fecha de consolidación de las secuelas, víctimas y beneficiarios de la misma (en caso de fallecimiento), lesiones permanentes, daños morales, perjuicios estéticos, días de hospitalización, días impeditivos…